El gabinete aprobó las enmiendas a la legislación que sanciona a una persona por transmitir de forma deliberada o imprudente el VIH/SIDA. El Código Penal de Belice, Sección 46A, describe el delito que podría resultar en una pena de prisión de hasta cinco años por una condena sumaria o un máximo de diez años por acusación. Según la ministra de Desarrollo Humano, Dolores Balderamos García, están colaborando con el Ministerio de Salud en este sentido: “Hace unos 22 años aprobamos una ley que tipificaba como delito penal lo que diríamos transmitir a sabiendas el VIH. Ahora, en aquel entonces, el VIH era bastante aterrador porque era antes de los días de la medicación antirretroviral y antes de que aprendiésemos más sobre el enfoque de derechos humanos como lo llamamos. Así que aprobamos una enmienda al código penal que tipifica como delito saber que se tiene el VIH y participa en conductas sexuales de riesgo. Pero tantos años después, nos hemos dado cuenta no solo de que era innecesario, sino también de que va en contra de las normas modernas de derechos humanos, especialmente en lo que respecta a los problemas de salud. Así que el Ministerio de Desarrollo Humano y también el Ministro Kevin Bernard y el Ministerio de Salud, decidimos, por supuesto, basándonos en la recomendación de los socios, que realmente es hora de eliminar esa criminalización del VIH”.
La Ministro García también afirmó que un problema con este proyecto de ley era el aspecto de la transmisión de madre a hijo. Se alegró de decir que ahora es un paso adelante en la dirección correcta para el país.